La comprobación de la estabilidad de una pantalla de contención debe hacerse, según los criterios definidos en el apartado 2.3.1, en la situación pésima para todas y cada una de las fases de la excavación o de la construcción del edificio, a menos que la estabilidad en una determinada fase implique necesariamente la estabilidad en otras con un mayor grado de seguridad, en cuyo caso podrá prescindirse de las comprobaciones correspondientes a éstas.
Los cálculos de estabilidad en cada fase deben verificarse al menos los siguientes estados límite:
a) estabilidad global;
b) estabilidad del fondo de la excavación;
c) estabilidad propia de la pantalla;
d) estabilidad de los elementos de sujeción;
e) estabilidad en las edificaciones próximas;
ft) estabilidad de las zanjas, en el caso de pantallas de hormigón armado.
La estabilidad debe verificarse bien para cada pantalla por separado o bien para el conjunto de pantallas del edificio.
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